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OPINIÓN| Martín Belaunde: ¿Qué es la inmunidad parlamentaria?

De todos los privilegios congresales, sin duda la inmunidad parlamentaria es la que concita más críticas.
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21-12-2018

De todos los privilegios congresales, sin duda la inmunidad parlamentaria es la que concita más críticas. ¿Por qué los congresistas gozan de este privilegio que en determinados casos los puede llevar literalmente a la impunidad? Sin embargo, habría que hacernos algunas preguntas previas para tener una visión general del tema. El primer párrafo del artículo 93 señala que: “Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación”. ¿Alguien puede discrepar de este párrafo? Me parece que no, es una garantía mínima del congresista para el ejercicio de sus funciones. Si un determinado congresista lleva a cabo una campaña pública en la que afecta intereses particulares, los sectores afectados podrían hacerle la vida muy difícil desde un punto de vista legal, de ahí que requiera esa salvaguarda.

El segundo párrafo del artículo 93 establece que: “No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las votos y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones”. Este párrafo es una consecuencia del anterior porque defiende al congresista de presiones indebidas de terceros, que incluso pueden ser los propios partidos que los llevaron al Congreso. Este tema se vincula con el transfuguismo, que en muchos casos es un desafortunado fenómeno oportunista que distorsiona el funcionamiento el Congreso. Sin embargo, el congresista tiene derecho a un voto de conciencia y no debe convertirse en un instrumento ciego del partido que lo llevó al Poder Legislativo. A mi juicio hay límites a la lealtad partidaria.

¿Dónde está el problema entonces? En la aplicación ciega del tercer párrafo del artículo 93 en virtud del cual: “No pueden ser procesados ni presos, sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en funciones, excepto en delito flagrante, caso en el cual son puestos a disposición... del Congreso dentro de las 24 horas..., a fin de que se autorice... la privación de la libertad y el enjuiciamiento”. Este párrafo es el origen de los problemas, porque los congresistas buscados por la justicia realizan todo tipo de maniobras para obstaculizarla, como por ejemplo alegar que la sentencia que los ha condenado no tiene carácter firme. En vista de ello, ese párrafo debe ser eliminado o en su defecto redactado en forma muy distinta para que no se convierta en un instrumento de burla a la justicia.

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