08/11/2018 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023
Uno de los grandes aportes del jurista austriaco Hans Kelsen, fue su obra “Teoría Pura del Derecho”. Allí desarrolló la llamada Pirámide que lleva su nombre, la cual establece la jerarquía de las normas en un Estado. Aplicada a nuestra realidad, esta jerarquía hace que la Constitución Política tenga supremacía sobre cualquier otra norma de rango inferior, como leyes, decretos ley, decretos de urgencia, reglamentos y Resoluciones Legislativas adoptadas por el Congreso. Así, ninguna de estas normas puede ser contraria o violar la Constitución.
Dicho esto, en el mes de marzo 2018 la mayoría en el Congreso adoptó la Resolución Legislativa (RL) 007-2017-2018-CR que modificaba el artículo 86 del Reglamento del Congreso. El objetivo era modificar las condiciones de aplicación por parte del Ejecutivo de dos facultades que le otorga la Constitución: la moción de censura y la cuestión de confianza. La modificación impulsada por el Congreso pretendía que, cuando se produzca una crisis total del Gabinete, todos los ministros debían renunciar, sin poder ser nombrados en el nuevo gabinete. Otra de las modificaciones impedía que la cuestión de confianza proceda en caso de promover o impedir la aprobación de una norma, una interpelación o censura a un ministro. En sí, el Congreso se estaba atribuyendo competencias para reglamentar el funcionamiento del Ejecutivo.
Este, se encontraba en una situación difícil al ver que se le estaban recortando competencias y facultades. Peor aún, no podía hacer mucho debido a que una RL no puede ser observada por el Ejecutivo. Así, el grupo parlamentario en el Congreso inició la Demanda de Inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional (TC) quien declaró la inconstitucionalidad de la modificación del Reglamento del Congreso.La razón es que esta modificación limitaba la cuestión de confianza del Ejecutivo, en tanto que contrapeso al poder del Legislativo. También, hemos asistido a la mejor aplicación del principio de la Pirámide de Kelsen, confirmando que una RL -norma de rango inferior- no puede modificar la Constitución.
Este ejercicio constitucional, viene a confirmar el equilibrio de poderes del Estado, los cuales deben funcionar de manera independiente, para que ninguno de ellos interfiera en las labores del otro, o lo mantenga bajo su dominio. Es así que el control de constitucionalidad al que ha procedido el TC, reafirma que el Perú se rige en un marco de respeto de las normas y su jerarquía, pilares fundamentales para un fortalecido Estado de derecho.