30/03/2020 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023
Después de tantas denuncias por mala práctica de personas que ofrecían servicios de tratamiento corporal y uso de sustancias con fines estéticos, pero sin contar con profesionales especialistas y productos de calidad, se promulgó la Ley No. 31014 que regula este procedimiento al considerarlo un acto médico.
Esta denominada “Ley que regula el uso de sustancias modelantes en tratamientos corporales con fines estéticos y define dicho procedimiento como acto médico”, era esperada con ansias por los médicos especialistas.
El doctor Luis Barrenechea, miembro de la Sociedad Peruana de Cirugía Plástica, señaló que ante las denuncias que personas inescrupulosas empleaban productos ilegales como el llamado “aceite de avión” para tratamientos estéticos, se pidió a las autoridades que norme esta práctica que debía ser asumido por un profesional.
Barrenechea señaló que los cirujanos plásticos productos de buena calidad para mejorar surcos faciales, la forma de la nariz en casos de rinomodelación, o dar un aspecto más joven a pómulos, labios y mejillas, entre otros. “Si bien todo acto médico implica un riesgo, este se reduce al mínimo cuando se hace en condiciones óptimas”, señala.
Resaltó que esta ley no perjudica a nadie, solo va en la dirección de formalizar y normar cada vez más el acto médico. “De esta manera el paciente puede y debe exigir saber qué marca de producto le están colocando, si tiene autorización de DIGEMID y si es un médico especialista quien lo está tratando”, acotó.
Con esta norma, recuerda el principal beneficiado es el paciente, que está más protegido y seguro al contar con mayores garantías. “Hay que tener claro y nunca olvidar que el fin supremo de todos los médicos es el bienestar de nuestros pacientes”, indicó.