13/12/2021 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023
El presidente ejecutivo de la Asociación de Centros Comerciales del Perú (ACCEP), Carlos Neuhaus, afirmó que las personas no vacunadas que presenten el "certificado de exención de vacunación" no serán aceptadas en los emporios.
"Han tratado de presentar certificados, entre comillas, firmados por un miembro del colegio de abogados, que dicen que no están obligados [a vacunarse]. Eso no se está aceptando en los centros comerciales, lo que se requiere es el documento [que acredite la vacunación]", dijo en entrevista para Exitosa.
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El presidente ejecutivo de la ACCEP señaló que, más adelante, se podría incluir la medida de realizar despistajes en los mismos centros comerciales para las personas que no hayan recibido las dos dosis. No obstante, recalcó que eso dependerá del Minsa.
Neuhaus recordó que "no se puede jugar con la salud de las personas". Por ese motivo, solo se aceptarán a las personas que acrediten, con documentos originales, que han recibido las dos dosis de la vacuna contra la covid-19.
En otro momento, aclaró que si el personal de seguridad detecta que un ciudadano busca ingresar con documentos falsificados, se procederá a llamar a la Policía Nacional del Perú (PNP) para retirar al usuario del lugar.
"Se ha instruido a los vigilantes, pero lo que se tiene que hacer en ese momento es tratar de ubicar a la policía. La vigilancia no puede detener a las personas. Es difícil controlarlo, pero si a la persona se le detecta un certificado le debe caer todo el peso de la ley, sin misericordia", aseveró.
Carné obligatorio
Este último viernes 10 de diciembre, entró en vigencia la medida que exige presentar el carné de vacunación contra la covid-19, con las dos dosis, para ingresar a espacios cerrados.
De esta manera, todas las personas mayores de 18 años deberán presentar el carné en físico o virtual antes de ingresar a centros comerciales, restaurantes, teatros, cines o centros de trabajo en actividad presencial con más de 10 personas.
Asimismo, es obligatorio al momento de ingresar al Perú, ya sea por vía aérea o terrestre, o en los viajes interprovinciales. En su defecto, los pasajeros pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar.
Además, los trabajadores que realicen servicio de delivery; así como los conductores y cobradores del servicio público, también deben portar el documento en físico o virtual.
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