08/03/2022 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023
El Pleno del Congreso aprobó, por unanimidad, establecer la cobertura urgente e inmediata a la mujer gestante afiliada al Sistema de Seguridad de Essalud en todo el país. Es decir, aunque deba aportes a esta entidad de la salud, y si su esposo, tuvo dificultades de pago deberá de ser auxiliada y admitida en toda la red de centros asistenciales de Essalud.
La iniciativa presentada por el congresista José Luna Gálvez de Podemos Perú -y exonerada de la segunda votación- propone la supresión del período de carencia o espera existente, el cual limitaba el acceso a la cobertura inmediata de salud, que debe recibir la afiliada o el derechohabiente gestante en el cuidado de su embarazo, en la etapa prenatal, parto y posparto. También, establece que le corresponde a la gestante asegurada, así como la inmediata y control médico al neonato.
Luna Gálvez, que había presentado el Proyecto Ley 905/2021, consolida la protección de la gestante, dentro del régimen contributivo de seguridad social en salud, valora así a la mujer con todos sus derechos consagrados en la Constitución del Perú. A su vez, fue reforzada por el Proyecto Ley sustentado por la también congresista Isabel Cortez Aguirre, como presidenta de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, durante el “Pleno mujer”, que se realizó, precisamente en el Día Internacional de la Mujer.
“Los afiliados regulares y sus derechohabientes tienen el derecho a las prestaciones al seguro social de EsSalud siempre que cuenten con tres meses de aportación consecutivo o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses calendarios anteriormente al mes en que se inició la contingencia y que la entidad empleadora haya declarado y pagado o se encuentre en fraccionamiento vigente las aportaciones de los 12 meses anteriores a los seis meses previos al mes de inicio de la atención”.
Con la nueva ley, agrega y obliga a su cumplimiento: “En caso la afiliada o derechohabiente se encuentre en estado de gestación el derecho a la cobertura se otorgará en forma inmediata desde la afiliación”. Esa es la modificación de la ley 26790.
Luna Gálvez, indicó que de esa manera “el mismo Estado estará obligado a promover la maternidad saludable y debe de ofrecer servicios de planificación familiar, con libre elección de los métodos, sin coerción alguna y eso debe de cumplirse”, sostuvo.
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