03/01/2019 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023
Tal y como lo había dispuesto el Banco Central de Reservas (BCR), a partir del 1 de enero de este año se hizo efectivo el retiro de circulación de la monedas de 5 céntimos en el país, en tanto el redondeo será a favor del consumidor.
La medida fue tomada el 31 de octubre del 2018, debido a que la entidad monetaria consideró que dicha moneda no era utilizada como medio de pago.
De este modo, indicó que las monedas de 5 céntimos solo podrán ser canjeadas en las oficinas del BCR o en las ventanillas de las empresas del sistema financiero (ESF), en múltiplos de 10 céntimos por un plazo de tiempo indefinido.
Agregó que en el caso de pagos que se realicen en efectivo, el monto total a pagar será redondeado a favor del público, tal como lo establece la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.
“Por ejemplo, en caso de que se pague en efectivo una compra por S/ 9.96, se debe redondear la cifra a S/ 9.90, tal como lo ordena dicha ley”, explicó el BCR.
Solo efectivo
De acuerdo con el Indecopi, los establecimientos no deberán utilizar la moneda de 5 céntimos para entregarla como vuelto, debiendo cumplir las reglas del redondeo en beneficio del consumidor, para todos los casos de transacciones realizadas en efectivo ya sea compra de productos o pago de servicios (públicos y privados).
Como otro ejemplo, el organismo explicó que si el costo de un producto es de S/ 4.75, al momento de efectuar el pago en efectivo el proveedor debe redondear el precio y cobrar la suma de S/ 4.70.
Precisó además que la disposición del BCR no aplica para las transacciones realizadas mediante el uso de tarjetas de débito o crédito, transferencias bancarias, cargos en cuenta, entre otras similares, en donde el cargo se realiza por el importe exacto informado al consumidor.
El organismo también recordó que los establecimientos pueden consultar al consumidor si acepta el redondeo elevando el precio al decimal superior, siempre y cuando ese excedente sea destinado a una donación, por lo que el proveedor deberá informar qué institución es la beneficiaria.
“Si bien estas monedas salen de circulación, siguen manteniendo su valor. Por ello, el plazo para su canje es ilimitado y se podrá realizar en cualquier entidad del sistema financiero, totalmente gratis, en múltiplos de 10 céntimos”, sostuvo.
El dato
El Indecopi recordó que si detecta o sufre la vulneración de sus derechos ante un redondeo en su perjuicio, el consumidor puede formular sus reclamos en el Libro de Reclamaciones o llamar al Servicio de Atención al Ciudadano: 224 -7777 (para Lima) y 0800 4 4040 desde una línea fija para los usuarios de provincias. También pueden escribir su queja al correo a [email protected]