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Ministerio de la Producción amplía el límite de captura de jurel para el presente año a 140 000 toneladas

Norma indica que adicional de 40 000 toneladas será exclusivamente para la pesca con embarcaciones artesanales

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25/03/2020 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

El Ministerio de la Producción (Produce) informó que hoy se amplió el límite de captura del recurso jurel (Trachurus murphyi) para el período 2020 de 100 000 toneladas a 140 000 toneladas. A través de la Resolución Ministerial N° 123-2020-PRODUCE, sostuvo que las capturas sólo serán realizadas por embarcaciones artesanales, manteniéndose vigente la suspensión de las actividades extractivas de embarcaciones de mayor escala, según lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 094-2020-PRODUCE.

Asimismo, detalló que las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; así como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la citada norma.

Razones del incremento

Se debe señalar que mediante Memorando N° 00000139-2020-PRODUCE/OGEIEE, la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos remitió el “Reporte de Avance de la Cuota de pesca de Jurel para CHD Temporada de pesca 2020 20/03/2020”, el cual señala, entre otros, que con relación a la cuota global establecida de 100 toneladas en enero pasado, se tiene un avance de 97.7%.

De igual manera, la Dirección de Políticas y Ordenamiento de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura mediante Informe N° 046-2020-PRODUCE/DPO, señala, entre otros, que en vista de las condiciones ambientales favorables que permiten la disponibilidad del recurso jurel y considerando las recomendaciones del IMARPE de no superar las 140,000 toneladas durante el presente año, así como la necesidad de asegurar la adquisición, producción y abastecimiento de productos pesqueros destinados al consumo humano directo debido a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declara Emergencia Nacional y Aislamiento Social Obligatorio, es opinión de la DGPARPA ampliar el límite de captura del recurso jurel para el 2020 hasta las 140 000 toneladas.

Asimismo, en vista de la necesidad de garantizar de manera inmediata y oportuna el abastecimiento a los mercados nacionales y en consecuencia a los consumidores locales y nacionales de recursos hidrobiológicos tal como es el caso del recuso jurel y con la finalidad de dar continuidad a la actividad extractiva por parte de los pescadores artesanales cuya actividad abastece al mercado nacional en estado fresco y refrigerado, se recomendó que la ampliación del límite de captura del recurso jurel solo sea aplicable a la flota artesanal.