RADIO EXITOSA 95.5 FM EN VIVO
Actualidad
Modifican el reglamento

Ministerio del Interior prohíbe a serenazgo golpear en la cabeza, cuello y tórax durante intervenciones

Decreto Supremo modifica el reglamento que seguían los serenos donde se especifica las zonas donde deben golpear y los instrumentos de defensa que deben utilizar durante sus labores de patrullaje.

Serenazgos fueron autorizados para utilizar armas no letales desde marzo del 202
Serenazgos fueron autorizados para utilizar armas no letales desde marzo del 202 (Foto: Andina)

22/08/2024 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 22/08/2024

El Ministerio del Interior (Mininter) publicó un Decreto Supremo donde regula la ley que les permite utilizar armas no letales a los serenos en cada una de sus intervenciones.

Como se recuerda, en marzo del 2023, el Congreso de la República aprobó dicha normativa, con 78 votos a favor, doce en contra y siete abstenciones, luego de una acalorada discusión donde incluso se llegó a pedir que estos elementos puedan portar armas de fuego al señalar que ponían en riesgo sus vidas.

Modifican el reglamento

Dicho Decreto Supremo prohíbe a los integrantes del serenazgo de cada municipio distrital o provincial a golpear a los intervenidos en zonas vulnerables del cuerpo que puedan causar lesiones graves o hasta la muerte. El texto es bastante específico y señala que los impactos no deben ser en la cabeza, cuello y tórax y que estos solo serán aplicados en situaciones de emergencia.

Asimismo, se autoriza el uso de gas pimienta, pero no en lugares cerrados como al interior de un vehículo o a menos de 50 centímetros de distancia. 

"El presente Decreto Supremo tiene por finalidad establecer las disposiciones relacionadas al uso de medios de defensa, regulando su definición, las funciones generales y específicas, derechos, obligaciones y prohibiciones del personal del servicio de serenazgo municipal, vinculados al uso de los referidos medios de defensa", se lee en parte de este texto.

"El uso de los bastones tonfa es excepcional. Sin embargo, si es inevitable usarlos para defenderse ante la agresión, debe restringirse su uso al mínimo necesario. En esa circunstancia el personal del servicio de serenazgo preferentemente hace contacto sobre las partes de mayor volumen muscular (piernas, brazos), evitando impactar en la cabeza, cuello, tórax o genitales", añadieron.

Uso de armas no letales

Esta modificación de norma data desde marzo del 2023 cuando el Congreso aprobó la ley que autorizaba a los serenazgos al uso de armas no letales para apoyarse durante sus labores de patrullaje. Y aunque diversos integrantes del parlamento pedían que se les autorice armas de fuego, estos agentes municipales solo podrán utilizar grilletes de seguridad, bastón tonfa, aerosoles de pimienta y chalecos antibalas.

"El equipamiento, según los recursos de cada municipalidad, es el siguiente: grilletes de seguridad, bastón tonfa, aerosoles de pimienta y chalecos antibalas, para el cumplimiento de sus funciones; teniendo como finalidad prevenir y disuadir la comisión de delitos y faltas que atenten contra la seguridad ciudadana, respetando los derechos fundamentales de las personas", indica dicha ley.

De esta manera, el Ministerio del Interior modificó el reglamento de la Ley que autoriza a los serenazgos a utilizar armas no letales y les prohíbe golpear cabeza, cuello, tórax y partes íntimas durante sus intervenciones.

SIGUIENTE NOTA