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Migraciones da plazo de 15 días para que extranjeros con orden de salida pendiente abandonen el país

La medida aplica para aquellos extranjeros que tengan orden de salida pendientes de ejecución por denegatoria de su solicitud de cambio.
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06-08-2021

Atención. La Superintendencia Nacional de Migraciones emitió este viernes 6 de agosto una resolución en la que otorga un plazo de 15 días a los ciudadanos extranjeros, que cuenten con orden de salida pendiente, para que abandonen el país.

"Otorgar el plazo de quince (15) días calendario, a partir del décimo día de la publicación de la presente Resolución, a las personas extranjeras que cuenten con orden de salida pendientes de ejecución por denegatoria de su solicitud de cambio o prórroga de calidad migratoria, a efectos de que cumplan con abandonar el territorio nacional", se lee en la Resolución Nº 000170-2021, publicada en el Diario Oficial El Peruano.

De acuerdo con los dispuesto, las personas extranjeras que no cumplan con dicha disposición "quedarán sujetas a lo establecido" en la ley vigente.

"Vencido el plazo perentorio y no habiendo cumplido con lo dispuesto en el presente artículo, quedan sujetos a lo establecido en la normativa migratoria vigente", indica la resolución.

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Por otro lado, la normativa establece que aquellos extranjeros que cuenten con "exceso de permanencia"; es decir, que estén en situación migratoria irregular, pueden solicitar su regularización migratoria, de acuerdo al amparo del Decreto Supremo Nº 010-2020-IN.

No obstante, menciona que el cobro de las multas -para los extranjeros en situación irregular- se reanudará a partir del décimo día de publicada esta resolución.

"De haberse generado multa por exceso de permanencia, esta empezará a computarse desde el día siguiente del vencimiento del plazo de permanencia otorgado hasta el 15 de marzo de 2020", menciona la norma.

Pedro Castillo

Como se recuerda, el presidente Pedro Castillo anunció durante su campaña electoral y en su primer mensaje a la Nación que los delincuentes extranjeros tendrán "72 horas de plazo a partir de la fecha para salir del país". Sin embargo, hasta el momento, Migraciones no ha emitido ninguna norma al respecto.

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