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Instan a no dar su número DNI al hacer compras

Documento solo se brinda en la deducción del IR y en consumo mayores a S/ 700
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05-01-2019

Al hacer compras en un establecimiento comercial, en la caja, por lo general, se pide al usuario el número de su DNI. Ante ello, la Asociación de Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) informó que esta acción es ilegal a menos que sea para dos situaciones: en la deducción (descuento) del Impuesto a la Renta (IR) y en la compras mayores a S/ 700.

En el primer caso, el organismo explica que una norma que modifica el Reglamento de la Ley del IR dispone que los trabajadores de cuarta o quinta categoría a partir del 1 de enero de este año, que consuman en hoteles, bares o restaurantes y paguen registrando su DNI o RUC, podrán deducir dicho impuesto hasta el 15% de dichos consumos, teniendo como tope máximo de deducción en el año 3 UIT (S/ 12,600.00).

En cuanto a las compras mayores a S/ 700, la asociación recordó que el consumidor tiene derecho a mantener la reserva de su identidad y, en tal virtud, no está obligado a brindar su número de DNI o RUC, excepto cuando el importe total de la compra supere el monto en mención, de acuerdo con una resolución de la Sunat.

De este modo, Aspec instó a no brindar el número de su DNI, salvo se generen estas dos situaciones, a fin de prevenir que datos sean utilizados para otros fines. como la elaboración de perfil para publicidad o para telemarketing.

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