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Información sobre impuestos podrá conocerse por internet

A partir del 18 de febrero, las personas naturales podrán contar con un formulario virtual en el que figurarán sus rentas, gastos, retenciones y pagos de tributos.

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24/01/2019 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

La fecha de vencimiento para la declaración y pago del Impuesto a la Renta (IR) inicia el 25 de marzo de 2019. En esa línea, la Sunat informó que todas las personas naturales podrán verificar toda su información de impuesto a través de internet mediante el Formulario Virtual N° 707 Renta Anual 2018.

Dicho formulario estará disponible a partir del 18 de febrero de este año y tendrá información cargada sobre rentas, gastos, retenciones, pagos de impuestos y retenciones.

Esta información deberá ser verificada y de ser el caso, podrá ser completada o modificada antes de presentar su declaración. Además, la información personalizada estará actualizada al 31 de enero de 2019.

Es preciso mencionar que una persona natural puede ejercer cualquier actividad económica, ser el conductor de su propio negocio y el responsable por el mismo. De esta manera, una persona natural actúa a título personal; a diferencia de una persona jurídica (empresa), que actúa a través de sus representantes legales.

Los obligados

La entidad tributaria precisó que las personas naturales que están obligadas a declarar son quienes tengan un saldo a favor del fisco, es decir, tengan un impuesto a pagar.

Además, son aquellas que cuenten con saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto o hayan aplicado dichos saldos contra los pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría durante el 2018.

También están obligadas a declarar las personas que les corresponda un saldo a favor si reciben rentas de cuarta categoría o de cuarta y quinta categoría; y quienes reciban ingresos como independientes (recibos por honorarios), y los trabajadores en planilla que demuestren el pago por alquiler de su vivienda o paguen intereses de créditos hipotecarios a sus cónyuges.

De igual manera, deben hacer su respectiva declaración las personas naturales que solo tengan ingresos por planilla (quinta categoría) y que comprueben tener un saldo a su favor por la deducción de gastos de alquiler de vivienda y/o de intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda, distintos a los créditos Mi Vivienda y Techo Propio.

El dato

En el caso de los contribuyentes del Régimen General del Impuesto o del Régimen Mype Tributario (RMT) que durante el 2018 hubieran generado rentas, deberán utilizar el Formulario Virtual N° 708 para hacer su respectiva declaración.

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