11/02/2020 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023
La Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (ST-CLC) del Indecopi inició un procedimiento administrativo sancionador contra 35 empresas constructoras y 28 de sus ejecutivos por un presunto cártel para repartirse entre sí diversas licitaciones convocadas por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (Provías) y otras entidades del Estado.
De acuerdo con la evidencia obtenida por el Indecopi, las empresas investigadas se repartieron 112 procesos de contratación pública para la construcción, mejoramiento, rehabilitación y mantenimiento de carreteras en el país,
La suma de los valores referenciales de las 112 obras objeto de investigación fue superior a los 13 mil millones de soles.
La presunta conducta anticompetitiva infractora se habría implementado entre noviembre de 2002 y diciembre de 2016, a través de una serie de reuniones entre las empresas involucradas con la finalidad de evitar competir entre ellas y determinar, de antemano, a las ganadoras de cada proceso de selección.
Indecopi precisó que el acuerdo alcanzado entre las constructoras habría distorsionado las condiciones en las que se adjudicaban dichas obras públicas a nivel nacional, generando que el Estado incurra en mayores gastos.
La evidencia obtenida, durante la investigación llevada a cabo por la ST-CLC, consiste principalmente en documentos, declaraciones, archivos y correos electrónicos obtenidos, así como información vinculada con las propuestas, características y resultados de los procedimientos de contratación analizados.
Indecopi precisó que el inicio de un procedimiento administrativo sancionador se basa en la existencia de indicios razonables sobre la realización de una presunta conducta anticompetitiva y no constituye un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de los investigados o el resultado del procedimiento.
En tal sentido, informó que las empresas y ejecutivos cuentan con un plazo de treinta (30) días hábiles para presentar sus descargos. Vencido dicho plazo, se abrirá un periodo de prueba de siete (07) meses, conforme al artículo 29 del Texto Único Ordenado de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas (“Ley de Libre Competencia”).