05/02/2020 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023
Las personas que agredan físicamente a los fiscalizadores de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) pueden recibir una pena privativa de la libertad de 6 a 12 años. El delito que se les atribuye es lesiones graves.
La pena se agrava si como consecuencia del ataque a los inspectores se produjera la muerte. En ese caso, el delito será sancionado entre 15 a 20 años de cárcel. Así lo establece el Decreto de Urgencia N° 019-2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), el cual ha sido modificado en el artículo 121 del Código Penal.
El objetivo de esta medida es imponer el principio de autoridad que tienen los funcionarios constituyéndose como una medida disuasiva al accionar violento que muestran algunos ciudadanos a la labor de fiscalización de la Sutran, la cual busca garantizar la vida, integridad y seguridad de la población.
La normativa también permite al mencionado organismo supervisor utilizar medios físicos o mecánicos necesarios contra aquellos infractores que se resistan al cumplimiento de las medidas preventivas aplicadas.
Por ejemplo, para el caso de los operadores de los terminales informales que no cumplen con la ejecución de la medida preventiva de clausura temporal, la Sutran puede realizar el tapiado de puertas y ventanas, instalar bloques de concreto en las puertas, entre otras acciones. Estas medidas deberán ser respetadas.
El citado decreto también precisa que la Sutran es el ente encargado de fiscalizar a las Escuelas de Conductores y Establecimientos de Salud. Por ello, aquellos que no permitan a los fiscalizadores realizar su trabajo serán sancionadas con la cancelación de su autorización para prestar el servicio y no podrán obtener el permiso nuevamente.