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Conoce aquí los requisitos

Gobierno otorga aguinaldo de S/300 por Navidad: ¿A quiénes les corresponde este pago?

Este viernes 29 de noviembre fue publicado el Decreto Supremo Nº244-2024-EF, el cual establece la entrega de S/300 como parte del aguinaldo por Navidad.
Gobierno otorga aguinaldo de S/300 por Navidad. (Andina)
01-12-2024

El Gobierno de Dina Boluarte oficializó el viernes 29 de diciembre el otorgamiento del aguinaldo de S/300 por Navidad, ¿A quiénes le corresponde este beneficio?

El Decreto Supremo Nº 244-2024-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, tiene por objeto establecer disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del aguinaldo por Navidad.

¿Quiénes son los beneficiarios de este pago?

De acuerdo con la norma, este beneficio se abonará por única vez en la planilla de pagos de diciembre de 2024.

Igualmente, el decreto supremo especifica que este aguinaldo está dirigido a funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512; los docentes universitarios a los que se refiere la Ley Nº 30220; el personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1153.

Del mismo modo, los obreros permanentes y eventuales del Sector Público; el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; y los pensionistas de derecho propio a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.

Asimismo, los trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 perciben por concepto de aguinaldo hasta el monto al que hace referencia el literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 de la citada Ley.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el aguinaldo?

Estos son los requisitos para que las personas puedan recibir el aguinaldo navideño 2024: 

  • Haber estado laborando al 30 de noviembre del presente año, o en uso de descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
  • Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de noviembre del presente año. Si no contara con el referido tiempo de tres meses, dicho concepto se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.
  • Los funcionarios, servidores y pensionistas de la Administración Pública reciben el aguinaldo por Navidad en una sola entidad pública, debiendo ser otorgada en aquella que abona el mayor monto de ingresos.
  • El aguinaldo por Navidad no constituye base de cálculo para el reajuste de cualquier tipo de remuneración, bonificación, beneficio o pensión.

De esta manera, el Gobierno aprobó la entrega de S/300 a los trabajadores del sector público como parte del aguinaldo por Navidad.

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