22/12/2018 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023
El retiro de hasta el 25% del fondo en una AFP que sirve para amortizar un crédito hipotecario ya no tendrá la opción de aplicar la modalidad de adelanto de cuotas y solo servirá para el pago anticipado o también conocido como prepago, de acuerdo con una resolución emitida por la SBS.
Como se recuerda, desde el año 2016 se puede usar los fondos de pensiones para amortizar un crédito hipotecario y se podía optar por el adelanto de cuotas, lo que implicaba pagar el capital más los intereses.
Con la nueva normativa, que regirá desde el 1 de enero de 2019, ya no se permitirá esta opción y solo se podrá optar por el pago anticipado, con lo cual solo se amortiza el capital.
De acuerdo con la resolución, la SBS señala que la entidad debe requerir al afiliado si debe procederse a la reducción del monto de las cuotas restantes, pero manteniendo el plazo original, o del número de cuotas con la consecuente reducción del plazo del crédito.
“En caso de que en el plazo de 15 días de realizado el abono no se cuente con tal elección, las entidades deben proceder a la reducción del número de cuotas”, precisa la resolución.
La resolución de la SBS indica además que los fondos de los afiliados pueden ser utilizados para amortizar la deuda ya vencida que corresponda al crédito hipotecario que se accedió para adquirir un primer inmueble.