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Fiestas Patrias: ¿Cuánto me deben pagar por trabajar el 23, 28 y 29 de julio?

En diálogo con Exitosa, la abogada laboralista Carolina Fernández explicó cómo se calcula la compensación por trabajar durante los feriados de Fiestas Patrias.

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Feriados (Exitosa Noticias)

25/07/2024 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 25/07/2024

En dialogo con Exitosa, la abogada laboralista Carolina Fernández, mencionó que julio es uno de los meses con más feriados en el calendario peruano, incluyendo los días 23, 28 y 29. Tanto en el sector privado como en el público, los empleadores deben pagar a sus trabajadores, aunque no trabajen esos días. Sin embargo, el panorama cambia si los empleados deben trabajar durante estos feriados.

¿Cuánto me deben pagar?

Si un empleado trabaja durante un día feriado, además de su sueldo regular, debe recibir un monto adicional llamado "sobretasa". Eso quiere decir, que, si trabajas los días 23, 28 o 29 de julio, recibiría tres remuneraciones adicionales, sumadas a su pago regular por esos días feriados.

¿Qué sucede si el empleado no descansa ningún día de lunes a domingo? 

Fernández detalla que, en este caso, corresponde un día pagado adicional, muy aparte de los tres sueldos por los días feriados trabajados. Este día adicional se debe otorgar para compensar el hecho de no haber descansado durante la semana. 

Además, recalca que este pago adicional es un derecho del trabajador que debe ser respetado por el empleador, garantizando así que el esfuerzo extra realizado por el trabajador sea adecuadamente remunerado. 

"Una remuneración diaria ya está incluida en la boleta de pago, aunque no trabaje; pero si no descansa, recibiría tres remuneraciones adicionales", menciona la abogada.

¿Cuándo deben pagar este monto adicional?

Las empresas deben reflejar el pago adicional en la boleta de fin de mes recalca Fernández. El pago debe estar detallado claramente y debe incluir el sueldo regular y el monto adicional por los días feriados trabajados. Si la empresa no realiza este pago a fin de mes, incurrirá en multas laborales. Puede existir un convenio que permita cambiar el pago adicional por días de descanso, pero debe ser un acuerdo escrito y firmado.

¿Se puede pagar en diciembre?

Según el convenio, puede darse el caso de pagar en diciembre. Todo depende del acuerdo entre el empleador y el trabajador. Esta situación podría salvar al empleador de ser multado por incumplir una normativa de jornada.

¿El trabajador perdería al cambiar el pago por días de descanso?

La abogada laboralista detalla, que, el empleador puede sugerir el cambio de los días feriados por días de descanso, sin embargo, según la normativa vigente, es el trabajador quien tiene la última palabra en cuanto a la aceptación o rechazo de esta opción.

Aunque el trabajador tiene el derecho de plantear su preferencia, es el empleador quien debe decidir si accede a la solicitud, considerando las necesidades operativas de la empresa y el cumplimiento de la normativa laboral. 

En conclusión, Carolina explica, que, en caso de trabajar durante los feriados, se debe pagar una "sobretasa" y que si el trabajador no descansa durante toda la semana, se le corresponde un día de pago adicional de sus tres pagos regulares.  

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