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¿Farmacias y boticas tienen prohibido aplicar inyecciones con nueva ley? Esto dice el Minsa

El Ministerio de Salud se ha pronunciado con respecto a la presunta prohibición de que farmacias y boticas apliquen inyecciones sin receta médica, expresada en la ley de uso de medicamentos genéricos.

Inyección
Inyección (difusión)

28/05/2024 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 28/05/2024

El Gobierno ha promulgado la Ley 32033, destinada a promover el uso y acceso de medicamentos genéricos. Sin embargo, la norma ha generado polémica entre los ciudadanos porque entre sus disposiciones también se prohíbe que las farmacias y las boticas apliquen inyecciones sin contar una receta médica.

¿Qué se sabe?

Como se sabe, la disposición más importante de esta ley, recientemente aprobada por el Congreso, es la exigencia para farmacias y boticas de garantizar que al menos el 30% de su stock de medicamentos sean genéricos.

Sin embargo, un reportaje periodístico comunicó que entre las disposiciones de esta norma también se encontraría la prohibición de que las farmacias o boticas apliquen inyecciones a los pacientes.

Como era de esperarse, la medida despertó polémica porque existen personas que puedan necesitar de este servicio en los centros farmacéuticos cercanos. 

Según la ley N° 320303, "el incumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 27 de la Ley 29459, Ley de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, por parte de las farmacias, boticas y farmacias de los establecimientos de salud privados constituye infracción administrativa y se sanciona con amonestación o multa de hasta dos unidades impositivas tributarias (2 UIT)"

Ministerio de Salud se pronuncia

A través de un comunicado, el Minsa se pronunció sobre esta controversia y declaró lo siguiente:

"Sobre la aplicación de inyectables en las farmacias y boticas, precisamos que no es correcta la información vertida por un medio de comunicación de que esta prohibido esta práctica, pues La Ley N° 32033 no lo menciona en ninguno de sus artículos", precisó la institución.

En ese sentido, el Minsa informó que aquellos centros que deseen prestar dichos servicios complementarios deberán "contar con personal calificado y área específica para este fin, además de realizar el trámite respectivo ante las autoridades de salud". 

Asimismo, la institución precisó que l

a norma que prohibía que las boticas y farmacias no funcionen como consultorios data de hace años, sin embargo, esta no había tenido efecto por objeciones presentadas por importantes cadenas farmacéuticas.

"Las consultas médicas en las boticas y farmacias estuvieron prohibidas desde hace años por una norma emitida por el Ministerio de Salud, sin embargo, esta se vio interrumpida tras la emisión de una resolución del Indecopi que autorizaba su realización, a pedido de las cadenas MIFARMA S.A.C. y BOTICAS IP S.A.C"

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