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Estado de emergencia: Pase Personal Laboral entrará en vigencia a partir del 1 de abril

¡Atención! Esto deberán portarlo todas aquellas personas que desarrollan actividades esenciales que deban movilizarse durante el estado de emergencia.
30-03-2020

Mediante un comunicado difundido en redes sociales, el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior dieron a conocer que a partir del 1 de abril regirá un nuevo documento: el Pase Personal Laboral. El anterior, llamado Pase Especial de Tránsito y que entró en vigencia desde que inició el aislamiento social obligatorio, solo tendrá validez hasta el próximo martes.

Este nuevo documento tendrá que ser tramitado vía online, a través de la plataforma única del Estado Peruano donde se encontrará el formulario a ser completado por los solicitantes, quienes deberán consignar información adicional de manera obligatoria, la cual servirá como filtro para identificar y sancionar a aquellos que realicen el trámite sin estar comprendidos en las categorías de trabajadores esenciales.

Entre los datos adicionales que se exigirá a los solicitantes está el RUC de la empresa o entidad en la que laboran, así como la dirección de correo electrónico institucional de sus superiores, el horario de trabajo, el trayecto desde el domicilio al centro de labores, entre otros.

Las personas dedicadas al cuidado de adultos mayores, niños o personas en estado de vulnerabilidad deberán consignar, además, los datos del empleador para la verificación correspondiente.

Con toda esta información, la Policía Nacional del Perú efectuará operativos y visitas aleatorias de control y de comprobar que las personas brindaron información falsa no solo anularán el pase, sino que también procederán a denunciarlos penalmente por el delito contra la fe pública que tiene una pena privativa de la libertad no menor de 2 ni mayor de 4 años.

El pase personal laboral, que deberá ser renovado cada 48 horas, será portado impreso o como captura de pantalla en el teléfono celular junto con el DNI y el fotocheck de la entidad o empresa para ser mostrado obligatoriamente a requerimiento de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas.

Los números de DNI de las personas incluidas en el Registro Informático de Infractores de las medidas de restricción e incluso los más de 20,000 detenidos antes de la vigencia del mismo, han quedado inhabilitados para tramitar el pase personal laboral.Mediante el comunicado, el Mindef reitera enfáticamente que el pase personal laboral está reservado para los trabajadores de actividades esenciales claramente especificados en los decretos supremos 044-2020-PCM y 046-2020-PCM.

¿Quiénes tendrán autorización para transitar las 24 horas?

Las personas que podrán movilizarse las 24 horas son aquellas que se dedican a:

Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.

Servicios públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos.

Servicios de telecomunicaciones.

Servicios funerarios.

Servicios de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.

Personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, que participan en los operativos.

Personal del sector público que atiende labores relacionadas con la emergencia.

Personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.

Personal de medios de comunicación y distribución de diarios y revistas.

Servicio de traslado de choferes de servicio urbano masivo

¿Quiénes pueden movilizarse durante el horario de aislamiento social?

Las personas que pueden movilizarse durante el horario de aislamiento social obligatorio para frenar la propagación del coronavirus son aquellas que se dedican a las siguientes labores:

Servicio de transporte urbano masivo de pasajeros autorizados.

Servicio de traslado de trabajadores de empresas y entidades dedicadas a actividades esenciales.

Taxi registrados y autorizados por la ATU.

Personal de empresas de seguridad.