Elevan a 17 los delitos para facultar el retiro de docentes
Con el propósito de salvaguardar la integridad de los estudiantes, el Ejecutivo aumentó de cuatro a 17 los delitos por los que un docente con sentencia condenatoria podría ser inhabilitado de trabajar en colegios. Así lo establece el Decreto de Urgencia N°019-2019, publicado ayer en el diario El Peruano, que modifica la Ley N°29988.
La norma dispone que aparte de los delitos de terrorismo, apología al terrorismo, violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas; se podría separar también a profesores por proxenetismo, pornografía infantil, proposiciones a menores con fines sexuales por medios tecnológicos y trata de personas.
Otros delitos incluidos son explotación sexual, esclavitud, homicidio doloso, parricidio, feminicidio, sicariato, secuestro, genocidio, desaparición forzada y tortura. “Los delitos a los que refiere la presente ley incluyen sus modalidades agravadas y el grado de tentativa”, agrega el decreto aprobado por el Ministerio de Educación.
Del mismo modo, establece la creación de un registro de personas condenados por los delitos antes mencionados.