Días no laborables: Conoce si este martes 26 de diciembre y el próximo 2 de enero se tendrá que trabajar
A un día de Nochebuena y próximos a celebrar Año Nuevo, algunas cuestiones generan interés entre los ciudadanos y es saber si este martes 26 de diciembre y el próximo 2 de enero serán días no laborables o no.
Descubriendo el misterio
Muchos peruanos desean pasar un fin de semana largo con sus familias debido a las fiestas de Navidad y comienzo del 2024, no obstante, conocer si se podrá disponer de tiempo para poder hacerlo ya no es un enigma.
Según el Decreto Supremo N° 151-2022-PCM el martes 26 de diciembre y el próximo 2 de enero serán días no laborables para las personas que trabajen en el sector público.
En esa línea, los empleados deberán recuperar las horas dejadas de trabajar en los 10 días inmediatos posteriores a la fecha que tomó libre o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
¿Qué pasaría en el sector privado?
No obstante, los trabajadores del sector privado también podrían acogerse a los días no laborables de manera voluntaria, pero la recuperación del tiempo sería acorde a lo que estipule el empleador y los colaboradores respectivamente.
En caso contrario, no se llegase a este acuerdo entre ambas partes, el empleador será quien disponga cómo se dará la devolución de horas no trabajadas.
Sobre este sector, el DS advirtió que los que brinden servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos sí podrán determinar los puestos de trabajo que estarán excluidos de los días no laborables.
¿Qué días fueron feriados y no laborables anteriormente en este mes?
Desde que arrancó el último mes del año, se vivió un fin de semana largo para algunos peruanos. Esto debido a que el jueves 7 de diciembre se dio un día no laborable para el sector público, el viernes 8 fue feriado establecido por el calendario al conmemorarse el Día de la Virgen Inmaculada Concepción y el 9 de diciembre la rememorización de la Batalla de Ayacucho, considerado feriado también.
¿Cuáles son las diferencias entre un día no laborable de un feriado convencional?
Cabe precisar que los días no laborables son las fechas que se ven sujetos a compensación de horas trabajadas en un rango máximo de 10 días inmediatos a la fecha libre. Sin embargo, si el empleado trabaja en esa fecha podrá recibir una remuneración habitual sin la sobretasa.
Mientras que los días considerados feriados, por lo general los empleados deben de descansar y recibir su remuneración normal. En caso, decida laborar se le retribuirá lo correspondido a ese día pero considerándose la sobretasa correspondiente o canjearlo por un día de descanso en una fecha acordada entre él y su empleador.
De esta manera, un Decreto Supremo del Gobierno estableció que el martes 26 diciembre y próximo 2 de enero de 2024 serán días no laborables sujeto a compensación de horas no trabajadas en los siguientes 10 días inmediatos.