Día de la madre: Cinco leyes fundamentales que toda mamá trabajadora debería conocer
Estamos próximos a celebrar el Día de la Madre en Perú, una ocasión en la que los hijos honran a los seres más extraordinarios del mundo con diferentes obsequios y atenciones.
Es importante que las madres que trabajan estén informadas sobre sus derechos laborales y lo estipulado en la legislación correspondiente, lo cual es otro gesto significativo hacia ellas.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Constitución Política del Perú, el empleo en todas sus variantes en lo que respecta a la atención básica del Estado brinda protección especial a la madre, el menor de edad y la persona con discapacidad que trabajan.
Estas son las cinco normativas que es importante que toda madre trabajadora conozca, con el fin de proteger sus derechos y evitar cualquier vulneración de los mismos.
1. Ley 30367: Sobre el descanso pre y posnatal y la protección contra el despido nulo
Descanso pre y post natal
La ley más reconocida entre estas normativas es aquella que establece el derecho al descanso de las mujeres embarazadas durante 90 días antes y después del parto.
Otras disposiciones sobre el embarazo y la maternidad estaban reguladas en la anterior Ley 26644, las cuales incluían, por ejemplo, más tiempo de descanso en caso de nacimientos múltiples, la posibilidad de modificar la fecha de parto, la opción de tomar las vacaciones inmediatamente después del parto, entre otros aspectos.
Pero cuando el Estado Peruano firma el convenio 183 con la Organización Mundial de Trabajo, se alarga este tiempo de descanso a 49 días descanso prenatal y otros 49 de posnatal. Luego se emite la Ley 30367.
Con respecto al descanso previo al parto, la madre trabajadora tiene la opción de tomarlo de forma total, parcial o diferida. La decisión de cómo tomarlo depende de la madre y debe ser notificada a sus superiores al menos dos meses antes de la fecha probable de parto.
Protección contra el despido nulo
Inicialmente, en Perú solo estaba contemplada la prohibición de despedir a una mujer embarazada antes o después del parto.
Gracias a la Ley 27185, la prohibición de despedir a una mujer gestante se amplió para abarcar cualquier momento de la gestación y los 90 días posteriores al parto.
Todo depende de que la mujer informe a sus empleadores sobre su embarazo antes de ser despedida, ya que la ley protege a las mujeres gestantes y lactantes contra cualquier tipo de despido injustificado.
2. Ley 27240: Permiso por lactancia materna
Esta ley se aplica cuando la madre ya ha vuelto a trabajar y todavía está en período de lactancia de su bebé.
En ese sentido, la madre cuanta con una hora dentro de su horario laboral para alimentar a su bebé. La misma que cuenta como hora laborada para todos los efectos legales.
En caso de parto múltiple, la madre tiene derecho a dos horas por día para lactancia, y estas horas pueden ser fraccionadas en diferentes momentos del día laboral sin que ello implique un descuento en su salario.
3. Ley 29896: Implementación de lactarios
El objetivo de esta ley es que las empresas públicas y privadas brinden un espacio adecuado y privado para fomentar la lactancia materna en el lugar de trabajo. Para cumplir con esta ley, se exige que existan al menos 20 mujeres en edad fértil en la institución.
El espacio que se debe implementar en los centros de trabajo para promover la lactancia materna debe estar diseñado adecuadamente para que las mujeres puedan extraer y almacenar su leche de forma apropiada.
4. Ley 28048: Protección a la mujer gestante en situaciones de riesgo
La ley mencionada prohíbe que las mujeres embarazadas realicen ciertas tareas que puedan poner en riesgo su salud o la del feto en cualquier etapa del embarazo.
Una vez que el empleador tenga conocimiento del estado de gestación de la trabajadora, es su obligación asignar tareas que no afecten la salud de la madre ni sus derechos laborales.
5. Ley 26790: Subsidios por maternidad y lactancia
La Ley 28791, que modifica la ley anterior, establece que el Estado debe otorgar un subsidio económico a las mujeres embarazadas que están aseguradas en actividad, así como a las que pertenecen a regímenes especiales y agrarios.
Este subsidio se otorga por un periodo de 98 días y, según la decisión de la madre, este puede ser distribuido antes o después del parto. La única condición es que durante ese tiempo, la mujer no realice ningún tipo de trabajo remunerado.
En caso de que el recién nacido tenga alguna discapacidad o si el parto es múltiple, este periodo se extiende por 30 días más.