Deudores siguen al volante por la mala gestión del SAT
Un total de 70 millones 180 mil soles es lo que deben 20 empresas de transporte, desde el año 2012, por concepto de infracciones en Lima. Pero, ¿por qué siguen en las calles? Especialistas en temas de transporte apuntan como causa a la mala gestión del Servicio de Administración Tributario de Lima (SAT) y al exceso de recursos judiciales.
Lino de la Barrera, exasesor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones declaró a diario Exitosa que la institución adscrita a la Municipalidad de Lima debió buscar otros mecanismos para asegurar la cobranza. “Hay un problema de gestión, el manejo como se está trabajando la acción y principio de la autoridad”, opinó.
Y es que la Ley del Procedimiento Administrativo General (N°27444) permite que el conductor apele las sanciones y eso implica el inicio de un proceso engorroso que puede demorar meses o incluso años. Sin embargo, Barreda aseguró que el SAT pudo garantizar el cumplimiento de ese abono a través de otras acciones.
“Por ejemplo, apertura los procesos de sanción cuando ya reguló el tema y le pone captura a vehículos infractores. Si (el chofer) quiere litigar, que lo haga la cantidad de años que desee, pero con los carros metidos en el depósito”, anotó.
Traspaso al ATU
De la Barrera recordó que los temas de fiscalización, sanción y el cobro de infracciones en materia de transporte (prestación del servicio) dejarán de ser competencia del SAT y pasarán a la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) de Lima y Callao. La función de la entidad municipal ahora solo estará orientada al tránsito (uso de las vías).
“El SAT verá el tránsito, el ATU el transporte y la Policía Nacional tendrá que apoyar a ambas instituciones. La autoridad deberá tener un órgano ejecutor encargado de ese tema (cobranzas)”, explicó el experto. Al respecto, dijo esperar que la nueva entidad defina bien los instrumentos que utilizará para asegurar las cobranzas.
A su turno, el presidente de la ONG Luz Ámbar, Luis Quispe Candia, lamentó que las papeletas (PNP) y actos de control (municipios, Sutran, entre otras) en el país no sirvan como elemento disuasivo. Argumentó que eso responde a que el propósito de la Ley N° 27444, que regula los procedimientos administrativos, se ha desvirtuado y a la fecha sirve como mecanismo que entorpece el cumplimiento de las sanciones.