Desde el 28 de enero del 2025 se sancionará a quiénes evadan peajes o dañen su infraestructura
La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) informó que, a partir del 28 de enero del 2025, entrará en vigencia las modificaciones al Reglamento Nacional de Tránsito destinadas a desalentar la evasión de pago del peaje y daños materiales a las garitas.
Esta medida tiene como objetivo favorecer la interoperabilidad de los peajes manuales y electrónicos, para facilitar el pago y prevenir el congestionamiento vehicular en las vías nacionales.
¿Qué sanciones tendrán los que eviten o dañen los peajes?
En el Reglamento Nacional de Tránsito, se incorporó las infracciones con códigos M45 y M45. En el caso de la infracción M45, esta se impondrá a las personas que conduzcan por rutas que no forman parte de caminos, vías urbanas o del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) con el objetivo de evadir el pago del peaje.
Asimismo, detallan que esta falta será considerada como "muy grave", por lo que se ejecutará la medida preventiva de internamiento del vehículo, la retención de la licencia de conducir y como el pago de una multa ascendente al 12% de una UIT (S/642, según la UIT 2025).
Por otro lado, la infracción M46 se le impondrá a los conductores que realicen maniobras y/o acciones generando daños materiales a la infraestructura o garitas de pago de peaje. Esta falta también es calificada como "muy grave". Tanto la medida preventiva como la multa son las mismas que en el caso anterior.
Cabe mencionar que, de acuerdo al Decreto Supremo N° 018-2024-MTC, publicado el 29 de octubre pasado en el Diario Oficial El Peruano, la entrada en vigencia de ambas infracciones se dará a los 90 días calendario desde el día siguiente de su publicación, lo cual se cumple el 28 de enero.
¿Qué otras medidas ha establecido la Sutran?
La entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) indicó que, desde 1 de enero de 2025, será obligatorio que conductores y transportistas hayan aprobado el curso de actualización de la normativa de transporte y tránsito para continuar prestando servicios en el país.
Desde el 1 de enero, será obligatoria para conductores de transporte internacional y servicios especiales, como taxis y movilidad escolar. Mientras que, los conductores de transporte regular de personas tendrán hasta el 1 de marzo; los de mercancías especiales hasta el 1 de mayo, y los de mercancías generales hasta el 1 de julio.
Este curso de de seis horas pedagógicas se impartirá en escuelas autorizadas por el MTC y podrá ser completado en una o tres sesiones presenciales. La normativa establece que, cada cinco años, los conductores deberán renovar esta certificación.
De esta manera, la Sutran informó que, a partir del 28 de enero del 2025, se sancionará a las personas que evadan peajes o dañen su infraestructura.