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Defensoría del Pueblo frente a acumulación de basura en varias regiones del país: "El Ministerio Público puede denunciar a los alcaldes"

Como antecedentes se tienen los casos de un alcalde limeño y arequipeño sancionados por 3 años y seis meses en el 2021.
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27-12-2022

En una entrevista para Hablemos Claro, el jefe de la Oficina de Lima de la Defensoría del Pueblo, Alberto Huerta, señaló que las autoridades al no recoger la basura de sus regiones pueden ser denunciados por el Ministerio Público. En esa línea, agregó que hubo antecedentes como el de un alcalde limeño y otro arequipeño; indicó además que la penalidad puede recaer en otras autoridades de la alcaldía sin exclusividad.

La Defensoría del Pueblo en conjunto con la OEFA y Diris y, otras entidades, fomentan medios probatorios para poder denunciar a las autoridades regionales/distritales frente al Ministerio Público.

"Indicar al Ministerio Público su intervención, también a la OEFA y a las Direcciones Regionales e integradas de Salud para fomentar los medios probatorios para que el Ministerio Público pueda denunciar a los alcaldes", señaló a nuestro medio, Alberto Huerta.

En esa línea, indicó que "no podemos permitir que un alcalde o alcaldesa deje sus funciones porque los ciudadanos no pueden verse afectados en su salud".

Asimismo, enfatizó que no recoger la basura de su jurisdicción acarrea un delito y puede ser sancionado, ya que hay antecedentes que lo respaldan.

Antecedentes por omisión de funciones en recojo de basura

"Recordemos a los alcaldes que van a entrar el próximo año que esto es un delito y que ya fue sancionado por una sentencia en noviembre de 2021, por el art. 314 con una pena de 3 años y seis meses a un alcalde limeño y a uno arequipeño", precisó para Exitosa.

En dichas ocasiones la corte penal no tuvo en cuenta la morosidad de los tributos de los vecinos de la zona, simplemente fue el hecho de que los alcaldes dejaran sus funciones.

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Ante el reporte de más de 30 cuadras de basura en la Av. Chiclayo, José Leonardo Ortiz y la calle Mariano Cornejo, Alberto Huerta, se refirió: "Como Defensoría del Pueblo ya estamos interviniendo, ya hemos hecho recomendaciones antes que ocurran estos hechos generando pruebas sobre omisión de funciones para poder trasladarlo al Ministerio Público"

De la misma manera, Alberto Huerta, enfatizó en que no solo los alcaldes o alcaldesas pueden recibir penalidades por dejar de recoger los residuos sólidos, sino que también puede conllevar sanciones a los gerentes de limpieza pública, de medioambiente o de servicios a la ciudad. "Hay que entender que esta es una función hasta el 31 de diciembre", exhortó.

Sobre el quemado de basura

El quemado de basura está prohibido, sin embargo, los ciudadanos lo hacen por la falta del recojo de los residuos, y al quemarlos incrementan la contaminación ambiental.

Ante esto, la Defensoría del Pueblo, recomienda no quemar nada y reportar estos hechos al número: 0800 15170 para que la entidad eleve sus quejas a las instituciones pertinentes y, puedan recabar las pruebas necesarias, para así sancionar como se debe a las autoridades por su omitir sus funciones.

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