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Declaran fundada acción de amparo para que Reniec inscriba en el DNI de un menor a sus dos madres

En la resolución, el Poder Judicial aseguró que la Constitución debe proteger a la familia y proponer al fortalecimiento de esta.

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13/10/2021 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

A través de una resolución, el Segundo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima del Poder Judicial (PJ) declaró fundada la acción de amparo impuesta por Jenny Trujillo Cueva y Darling Delfín Ponce, una pareja de mujeres que pidió al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) que ellas figuren como madres en el DNI de su hijo.

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La pareja interpuso la demanda contra el Reniec en junio del 2017, para que la entidad reconozca a Jenny Trujillo Cueva como madre del menor y ello quede plasmado en el DNI del niño. En las consideraciones, el juzgado citó a la Constitución señalando que no solo se debe proteger a la familia, sino que se debe proponer al fortalecimiento de esta.

"En rigor, el derecho a la protección de la familia implica 'favorecer, de la manera más amplia, el desarrollo y la fortaleza del núcleo familiar', que fue exactamente lo opuesto a lo que realizó la entidad demandada en el presente caso al tener una errada interpretación del derecho sustantivo de la materia", manifiesta.

"Se ha establecido que es deber del Estado favorecer de la manera más amplia protección familiar, lo que no ocurre en el presente caso ha no registrar la identidad de una de las madres, y, por tanto, omitir parte de la identidad del menor", agrega la resolución.

Finalmente, el Poder Judicial pidió al Reniec que "dentro de sus facultades, tenga en cuenta siempre el interés superior del niño al momento de emitir actos administrativos en los cuales se pueda generar indefensión y perjuicio a niños, niñas y adolescentes, conforme a la protección que da las normas nacionales y supranacionales en materia de derechos humanos ratificados por el Perú".

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