Declaran en emergencia sanitaria distritos de Cajamarca por casos de zika y dengue
El Gobierno declaró en emergencia sanitaria, por un plazo de 90 días calendario, los distritos de Jaén y Bellavista, provincia de Jaén, región Cajamarca, por la presencia de múltiples casos de zika y dengue en dicha provincia.
La medida fue establecida mediante el Decreto Supremo N° 019-2019-SA, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, que señala que el Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Salud y la Dirección Subregional de Salud Jaén de la Dirección Regional de Salud Cajamarca del Gobierno Regional de Cajamarca se encargarán de realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el Plan de acción “Emergencia sanitaria en los distritos de Jaén y Bellavista, por brote de zika y dengue 2019”.
En los considerandos de la norma se cita la solicitud presentada por el Gobierno Regional de Cajamarca, donde pide que se declare en emergencia sanitaria a la provincia de Jaén, debido a que se vienen presentando múltiples casos de zika y dengue. Se indica que hasta la semana 25 se confirmaron 289 casos de zika y que se reportaron 1 124 casos de dengue, de los cuales se confirmaron 186.
Asimismo, se señala que el distrito de Bellavista debe fortalecer todas sus actividades preventivas y de control, así como garantizar la continuidad de la respuesta de los servicios, por encontrarse en riesgo por contigüidad geográfica con el distrito de Jaén.
El Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades ha señalado que en la subregión de Jaén, el dengue tiene un comportamiento endémico, existe el antecedente de haber circulado los cuatro serotipos de este virus y la presencia del Aedes Aegypti, considerado el vector principal de las tres principales arbovirosis en el Perú.
Además, se informa que, a la semana epidemiológica 20, el 100% de los casos confirmados de zika en el presente año son procedentes del distrito de Jaén de la Subregión de Salud Jaén.
La Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria ha manifestado que los índices aédicos reportados para Jaén en mayo del presente año, oscilan entre 7% y 11.7%, considerados de alto riego.
La norma se sustenta en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156, que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2014-SA.
Con respecto a los bienes y servicios que se requiera contratar para enfrentar la emergencia sanitaria, precisa que las contrataciones que se realicen al amparo de la presente norma deberán destinarse exclusivamente para los fines que establece la misma, bajo responsabilidad.
Los saldos de los recursos resultantes de la contratación de bienes y servicios podrán ser utilizados dentro del plazo de declaratoria de emergencia, siempre y cuando no se hayan podido completar las cantidades requeridas.
El Decreto Supremo lleva la firma del presidente de la República, Martín Vizcarra y es refrendado por la ministra de Salud, Zulema Tomás Gonzáles.