¿De qué trata la norma que modifica la aplicación de prisión preventiva y de grilletes electrónicos?
El Gobierno promulgó el decreto legislativo a fin de establecer mecanismos para el deshacinamiento de los centros penitenciarios, como la modificación de la práctica de prisión preventiva y de grilletes electrónicos. La norma aplica para sentenciados y procesados, pero no para delitos graves.
A detalle, el Decreto Legislativo 1585 fue publicado este miércoles 22 de noviembre en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. Asimismo, lleva la firma de la presidenta Dina Boluarte, el premier Alberto Otárola y el ministro de Justicia, Eduardo Arana.
¿De qué trata?
En cuanto a la prisión preventiva, se estableció que esta medida cautelar solo podrá dictarse contra acusados con penas privativas de la libertad mayores de cinco años.
"Los jueces de la investigación preparatoria deben realizar la revisión periódica de oficio de la vigencia de los presupuestos que dieron lugar al dictado de la medida de prisión preventiva, cada seis meses desde la imposición de la misma", precisó el Ejecutivo.
Para cumplimiento de ello, el DL apuntó que los magistrados convocarán a una audiencia en la que se evaluará si continúan presentes los motivos que llevaron a la aplicación de esta detención. "Esta se llevará a cabo con la concurrencia obligatoria del Ministerio Público, con conocimiento del imputado y su abogado defensor", se lee en el documento oficial.
Para extranjeros
Por otro lado, los migrantes que cumplan penas privativas de la libertad pueden solicitar el "beneficio especial" de salida a su país, siempre y cuando, su condena no sea mayor de 12 años y se trate de la única. Además, tras haber cumplido la mitad de su condena y al hallarse "en la etapa de tratamiento de mínima o mediana seguridad del régimen cerrado ordinario".
Grilletes
Para la aplicación del grillete electrónico, se estableció que la pena no sea mayor de diez años de prisión. Y es que de tratarse de una condena no menor de diez ni mayor de doce años, el mecanismo estará acompañado de la prestación de servicios a la comunidad. Vale indicar que, quienes vienen cumpliendo castigo también podrán acceder a tal medida de poseer una pena no mayor de seis años.
Por facultades legislativas
Como se recuerda, el Pleno del Congreso aprobó el pedido de facultades legislativas solicitadas por el Gobierno para emitir normas en materia de seguridad ciudadana, gestión del riesgo de desastres, meritocracia e infraestructura social y calidad de proyectos.
"Hemos recogido algunos elementos presentados por el Ejecutivo, pero otros no (...) Este no es un cheque en blanco (...) Hay tiempos como estos en los que el interés nacional prima sobre todo (...) El tema de la inseguridad ciudadana nos compromete a todos", expuso la legisladora Martha Moyano en setiembre pasado.
De esta manera, la referida norma, Decreto Legislativo 1585, estableció que la prisión preventiva solo podrá dictarse contra acusados con penas privativas de la libertad mayores de cinco años.