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Covid-19: Minsa recuerda que desde hoy los mayores de 40 años deben acreditar dosis de refuerzo

Este requisito no aplica para aquellos que se han aplicado la segunda dosis en los últimos tres meses.

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31/01/2022 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

El Ministerio de Salud (Minsa) recordó que desde hoy, lunes 31 de enero, todas las personas mayores de 40 años deben mostrar su carné de vacunación que demuestre que recibieron la dosis de refuerzo contra la covid-19.

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"Desde el 31 de enero, todas las personas mayores de 40 años deben mostrar su carnet de vacunación que demuestre que recibieron la dosis de refuerzo contra la COVID-19", se lee en el comunicado de la institución.

Sin embargo, precisó que este requisito no aplica para aquellos que teniendo 40 años o más, se han aplicado la segunda dosis en los últimos tres meses y, por tanto, todavía no pueden recibir su dosis de refuerzo.

En esa línea, el Minsa instó a restaurantes, centros comerciales, mercados, empresas de transporte interprovincial aéreo y terrestre, así como a otras entidades a tomar en cuenta esta excepción para evitar problemas innecesarios a quienes todavía no pueden recibir tercera dosis.

Asimismo, mencionó a las empresas de transporte terrestre y aéreo que aquellos pasajeros que no cuenten con su vacunación completa pueden presentar una prueba molecular con resultado negativo, tomada con 48 horas de anticipación.

Toque de queda

Desde hoy, queda suspendido el toque de queda o inmovilización social en todo el Perú, aunque se mantienen las restricciones como los aforos por niveles de alerta según cada provincia y la prohibición de reuniones sociales o concentración de personas.

Lo que sí prorroga la norma es el Estado de Emergencia Nacional debido a la pandemia del covid-19 por el plazo de 28 días desde el martes 1 de febrero del 2022.

Por otro lado, el artículo 9 del citado decreto refiere que están suspendidos los desfiles, fiestas patronales y actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento social, político u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas que pongan en riesgo la salud pública.

Asimismo, las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios, también se encuentran prohibidas, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia del covid-19.

Se exceptúa de esta restricción a las ceremonias de carácter castrense y policial, las que deben cumplir con las disposiciones sanitarias y reglas de distanciamiento físico o corporal respectivas, se señala.

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