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Cerrón tras aprobación por insistencia de ley sobre cuestión de confianza: "79 votos a favor del golpismo parlamentario"

"Faltarían 8 votos para alcanzar una vacancia si esta se solicitara. El Ejecutivo, sin arma de defensa, está a merced de la derecha”, señaló Vladimir Cerrón.

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Vladimir Cerrón sobre ley que interpreta cuestión de confianza Exitosa

19/10/2021 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

El secretario general de Perú Libre, Vladimir Cerrón, se manifestó acerca que la aprobación por insistencia de la autógrafa de ley que regula la cuestión de confianza, observada por el Ejecutivo. En esa línea, señaló que los 79 congresistas que votaron a favor de dicha norma respaldan el “golpismo parlamentario”.

“79 votos a favor del golpismo parlamentario, faltarían 8 votos para alcanzar una vacancia si esta se solicitara. El Ejecutivo, sin arma de defensa, está a merced de la derecha”, señaló el también exgobernador regional de Junín, Vladimir Cerrón, a través de su cuenta oficial de Twitter.

Asimismo, indicó que “la unidad de la izquierda es una necesidad vital, impostergable e imprescindible”, ante las medidas que proponga e implementen los parlamentarios de derecha, a fin de cumplir con sus propósitos.

Cabe señalar que, el Pleno del Congreso aprobó este martes 19 de octubre la insistencia de la autógrafa de ley que interpreta la cuestión de confianza con 79 votos a favor, 43 en contra y 3 abstenciones. Esta medida fue debatida por los congresistas de las diferentes bancadas luego de que la Comisión de Constitución aprobara el dictamen que recomienda la insistencia de la ley.

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Esta norma señala que el Ejecutivo no puede establecer cuestión de confianza por reformas constitucionales y en competencias exclusivas y excluyentes del Congreso.

“Está referida a materia de competencia del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de su política general de gobierno, no encontrándose entre ellas las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten los procedimientos y competencias excluyentes del Congreso de la República o de otros organismos constitucionales autónomos”, precisa la norma.

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