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A través de Decreto Supremo

¡Atención! UIF podrá congelar fondos o activos vinculados al delito de extorsión

Con esta medida, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) podrá congelar fondos o activos solicitados por las unidades especializadas de la Policía Nacional del Perú.

UIF podrá congelar fondos o activos vinculados al delito de extorsión.
UIF podrá congelar fondos o activos vinculados al delito de extorsión. (Andina)

26/03/2025 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 26/03/2025

El Gobierno, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobó una norma que otorga a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) la capacidad de congelar fondos o activos a nivel nacional en casos de extorsión.

Aprueban norma que otorga a la UIF capacidad de congelar fondos

Esta norma modifica el Reglamento de la Ley que creó la UIF, para incluir la facultad de congelar fondos o activos relacionados con el delito de extorsión. 

"El presente Decreto Supremo tiene por objeto adecuar el Reglamento de la Ley Nº 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera - Perú (UIF-Perú), aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2017-JUS, a efectos de incorporar la facultad de congelamiento administrativo nacional de fondos o activos por delito de extorsión", se lee en el oficio.

Además, se incorporan cambios necesarios tras la evaluación realizada a Perú por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat), así como ajustes a las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y a las coordinaciones con diversas entidades públicas y privadas.

"Así como efectuar otras modificaciones que resultan necesarias como resultado del Informe de Evaluación Mutua realizado al Perú - IV Ronda (febrero, 2019) por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), la modificación de los estándares de las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) (...)", agrega el texto.

Podrán congelar fondos solicitados por unidades especializadas de la PNP

Con esta medida, la UIF podrá congelar fondos o activos solicitados por las unidades especializadas de la Policía Nacional del Perú, como parte de un esfuerzo por fortalecer el sistema de prevención del lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la lucha contra la criminalidad organizada.

Para ello, se agregan los artículos 8-A, 9-A y 10-A al Reglamento de la Ley de la UIF, que definen el congelamiento administrativo de fondos o activos por extorsión, las condiciones para su aplicación, y el control judicial de este proceso.

"Durante la vigencia del referido congelamiento se prohíbe el retiro, transferencia, uso, conversión, disposición o movimiento de los fondos o activos que se presume provienen de dicho delito", indica el artículo 8.

Cabe mencionar que, esta medida se oficializa a través del Decreto Supremo 007-2025-JUS, publicado en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. Además, cuenta con la firma de la presidenta de la República, Dina Boluarte; así como de los ministros de Economía, José Salardi; y de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Arana.

De esta manera, el Gobierno aprobó una norma que otorga a la UIF la capacidad de congelar fondos o activos a nivel nacional en casos de extorsión.

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