¡Atención! Trabajadores recibirán pago triple si laboran en feriados 7 y 9 de junio sin descanso sustitutorio
Junio tendrá dos días feriados. El primero será el viernes 7, por el Día de la Bandera, y el segundo el sábado 29, por el Día de San Pedro y San Pablo. En ambas fechas del mes, los trabajadores públicos y privados tendrán el derecho de tener un día de descanso pagado. Sin embargo, si laboran en dichas fechas y no cobran ese descanso, deberán recibir el pago triple por su jornada. A continuación te contamos todos los detalles sobre este beneficio laboral.
¿Por qué?
Conforme a la ley N°173, los empleados tienen derecho a una sobretasa del 100% sobre su remuneración habitual por trabajar en un día feriado no laborable.
Así, por ejemplo, si un trabajador gana S/100 por día y trabaja en uno de los feriados mencionados, recibirá tres remuneraciones por el día laborado: los S/100 correspondientes al día feriado más los S/200 adicionales por trabajar en ese día.
Cabe destacar que no se considera trabajo en día feriado cuando el turno laboral se inicia en un día laborable y finaliza en un día feriado. En dichos casos, la remuneración seguirá siendo establecida para un día laborable, sin la adición de la sobretasa del 100%.
Asimismo, es necesario precisar que una opción que las empresas ofrecen a los empleados que trabajan en feriado es otorgarles otro día de descanso en compensación con el trabajo realizado en dicha fecha. Todo depende de la negociación entre el empleador y su trabajador.
Un nuevo feriado nacional
El próximo viernes 7 de junio de 2024 será la primera vez que se celebrará dicho día como feriado nacional por el Día de la Bandera, en conmemoración de la Batalla de Arica, librada en 1880 durante la Guerra del Pacífico.
Si bien esta fecha fue decretada como feriado nacional en 2023, no se pudo gozar en aquella ocasión debido a retrasos en la votación en el Congreso y la promulgación de la ley por parte del Gobierno del Perú.
Según la ley, que modificó el artículo 6° del Decreto Legislativo 713, el feriado nacional del 7 de junio será aplicable para todas las instituciones y entidades públicas y privadas del país.
En ese sentido, no te olvides: si trabajas en un feriado nacional y no existe la posibilidad de cobrar dicho documento en otra oportunidad, los empleadores de tu empresa, ya sea privada o pública, te deberán pagarte triple remuneración por tu jornada laboral.