Aprueban lista de medicamentos esenciales genéricos que deberán estar disponibles en farmacias y boticas
El Ejecutivo aprobó el listado de los medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional, que deberán estar disponibles en las farmacias y boticas del sector privado, con el fin de mejorar el acceso a medicamentos eficaces, seguros y de calidad para toda la población.
La medida se establece mediante la Resolución Ministerial N° 1097-2019, publicada en el diario oficial El Peruano, que lleva la rúbrica de la ministra de Salud, Elizabeth Hinostroza Pereyra.
En tal sentido, las farmacias, boticas y servicios de farmacias del sector privado deberán garantizar la disponibilidad de medicamentos genéricos para la venta al público.
El control y vigilancia sanitaria del cumplimiento de esa medida estará a cargo de las Direcciones de Redes Integradas de Salud (Diris), las Direcciones Regionales de Salud (Diresas), así como la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM).
Cabe precisar que el listado de medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional fue elaborado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC) y la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública (DGIESP). Los criterios considerados en su elaboración fueron presentados ante representantes de los gremios farmacéuticos.
Los medicamentos esenciales genéricos deben estar disponibles y demostrar su venta en farmacias, boticas y servicios de farmacias del sector privado, y el incumplimiento de esta disposición dará lugar a la aplicación de sanciones monetarias y no monetarias. La tipificación de las infracciones y las sanciones serán publicadas en el reglamento del Decreto de Urgencia N° 007-2019.
La presente RM y su anexo con el listado de medicamentos esenciales genéricos está publicado en el portal institucional del Ministerio de Salud.