¡A leer más! Gobierno exonera de IGV la importación y venta de libros electrónicos en el país
El Gobierno ha anunciado una nueva medida que exonera del Impuesto General de las Ventas (IGV) a la importación y ventas de libros electrónicos. Así, al reducir el precio final de estos productos, se espera aumentar su consumo y promover la industria editorial digital.
Así lo dispone el Decreto Supremo 058-2024-EF, publicado este miércoles en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el cual aprueba el reglamento de beneficios tributarios previstos en la Ley 31893, conocida también como la Ley del Libro.
La normativa forma parte de una serie de políticas educativas destinadas a incrementar los índices de lectura en el Perú, donde se lee 1,9 libros por año en promedio, según la Encuesta Nacional de Lectura (ENL) realizada por el Ministerio de Cultura en 2023.
¿Qué implica la exoneración del IGV?
Según indica la normativa, la medida aplicará para los libros cuya reproducción, distribución o puesta a disposición se realice por medios electrónicos a través de internet u otras vías informáticas.
Con la exoneración del IGV a los libros electrónicos (e-books), cuando una persona compre estos bienes no solo dejarán de pagar el 18% del precio cuando se trata de un producto importado, sino también cuando tengan que ofrecerse en venta al público.
Adicionalmente, la medida contempla incentivos para las editoriales y distribuidoras que apuesten por el formato digital, proporcionando un impulso económico a un sector que se encuentre en evolución en nuestro país.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) podrá establecer que los sujetos beneficiarios de la exoneración del IGV a la venta de libros electrónicos informen el valor de la venta de dichos bienes, en la forma, plazo y condiciones que dicha entidad señale mediante resolución de superintendencia.
Condiciones
Algunas de las condiciones para acceder a este beneficio son las siguientes.
- Tener el RUC en estado activo y la condición de domicilio fiscal habido a la fecha de presentación de su solicitud de devolución.
- Tener una constancia emitida por la BNP que acredite la producción de libros y productos editoriales afines, así como la vinculación de los bienes y servicios materia del beneficio en la producción de aquellos.
De esta manera, el Gobierno anunció una nueva medida para fomentar la lectura y cultura en el país, con la exoneración del IGV (Impuesto general a las Ventas) a la importación y comercialización de libros electrónicos, también llamados e-books. El decreto fue publicado en el Diario Oficial El Peruano.